El Festival de la Manzana de Villaviciosa obtiene la declaración de Interés Turístico Nacional
La Secretaría de Estado de Turismo concede al «Festival de la Manzana» el título de Fiesta de Interés Turístico Nacional; la resolución se publica en el BOE.
La Secretaría de Estado de Turismo ha concedido el título de Fiesta de Interés Turístico Nacional al «Festival de la Manzana» de Villaviciosa (Asturias). La resolución, fechada el 27 de julio de 2026, se ha publicado en el Boletín Oficial del Estado este sábado, 12 de septiembre de 2026.
Qué establece la resolución
El documento administrativo recoge de forma literal la concesión del título al «Festival de la Manzana» de Villaviciosa. La resolución se dicta de conformidad con lo previsto en el artículo 12 de la Orden ICT/851/2019, de 25 de julio, que regula la declaración de fiestas de interés turístico nacional e internacional y que fue publicada en el Boletín Oficial del Estado número 188, de 7 de agosto de 2019.
En el texto oficial figura la fecha de la resolución —27 de julio de 2026— y la firma de la Secretaria de Estado de Turismo, Rosario Sánchez Grau. La publicación en el BOE el 12 de septiembre de 2026 formaliza su difusión pública.
Quiénes resultan afectados y qué cambia
La concesión afecta expresamente al «Festival de la Manzana» de Villaviciosa (Asturias), que aparece nombrado en la resolución como beneficiario del título de Fiesta de Interés Turístico Nacional. La resolución administrativa determina la condición oficial del evento en el catálogo que regula la Secretaría de Estado de Turismo.
La norma que autoriza la concesión no detalla en su texto otras medidas concretas ni cuantías económicas asociadas. El contenido publicado se limita a la declaración del título y a los trámites formales relativos a su notificación y recursos.
Plazos y recursos contra la resolución
La resolución especifica que pone fin a la vía administrativa. Contra ella puede interponerse, en primer lugar, un recurso potestativo de reposición ante el mismo órgano que la dictó. Ese recurso deberá presentarse en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente al de la notificación de la resolución.
Alternativamente, se contempla la posibilidad de interponer recurso contencioso-administrativo ante el órgano competente del orden jurisdiccional contencioso-administrativo. El plazo para esta vía judicial es de dos meses, contados desde el día siguiente al de la notificación de la resolución.
Los plazos y procedimientos mencionados se ajustan a lo dispuesto en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (artículos 123 y 124) y en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa, a las que remite expresamente la resolución.
Base legal y formalidades
La resolución invoca expresamente el artículo 12 de la Orden ICT/851/2019, que establece el marco regulador para la declaración de fiestas de interés turístico. Esa orden fue publicada en el BOE número 188 del 7 de agosto de 2019, según consta en el propio texto.
El expediente oficial culmina con la firma de la Secretaria de Estado de Turismo, Rosario Sánchez Grau, y con la indicación de la fecha en Madrid, 27 de julio de 2026. La publicación en el Boletín Oficial del Estado el 12 de septiembre de 2026 hace accesible la resolución al público y marca el inicio de los plazos para posibles recursos, que comienzan a contarse desde el día siguiente a la notificación.
Fuente: Boletín Oficial del Estado (BOE-A-2026-19106).
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